Voto Voluntario en el Ecuador
Este Blog pretende discutir y difundir el voto voluntario en el Ecuador, considerando al voto como un derecho, no como una obligaciòn.
domingo, 2 de agosto de 2020
NUEVAS OPINIONES FAVORABLES AL VOTO VOLUNTARIO (FACULTATIVO)
jueves, 23 de julio de 2020
NUEVAMENTE SE DISCUTE EL VOTO VOLUNTARIO (FACULTATIVO) EN EL ECUADOR
Este blog iniciado el 3 de marzo del año 2007, para discutir el tema en un momento oportuno, la Asamblea Constituyente de Montecristi y la Comisión para la Nueva Constitución del CONESUP, recogió una serie de opiniones de varios escritores, articulistas, políticos y legisladores sobre la conveniencia o no del voto voluntario.
Hasta el 12 de febrero del 2013, esto es por casi 6 años el blog tenía 21 entradas y a esta fecha tiene 16.139 visitas, demostrando el interés que la ciudadanía tiene sobre el tema.
Ayer me encontré con sorpresa un artículo en el periódico digital “Primicias” en donde se señala que al parecer y sin referencias concretas a no ser por un twitter, en la Asamblea Nacional se está discutiendo otra vez este tema. La opinión del autor Rafael Lugo nos introduce nuevamente en una discusión que en mi criteriodebería ser seria.
Este blog fue punto de contacto por parte de quienes apoyaban esa tesis, introduciendo el voto voluntario en Chile, cambio que finalmente se aprobó.
En estos momentos en que estamos a finales de un período democrático dificl y largo de más de una década y al final del cual el país deberá nuevamente entrar en un perído electoral que con la crisis económica y sanitaria augura dificultades y acumulación de problemas no resueltos, es me parece, oportuno retomar esta discusión que se plantea.
Incluyo el enlace al artículo mencionado citando al autor y la fuente.
¿Voto facultativo? Rafael Lugo Abogado y escritor. Ha publicado varios libros, entre ellos Abraza la Oscuridad, la novela corta Veinte (Alfaguara), AL DENTE, una selección de artículos. La novela 7, además de la selección de artículos Las 50 sombras del Buey y la novela 207.
Para hacer uso de este contenido cite la fuente y haga un enlace a la nota original en Primicias.ec: https://www.primicias.ec/noticias/firmas/voto-facultativo/?utm_source=panorama-firmas-2020-07-22&utm_medium=firmas&utm_campaign=noticias&utm_term=campana
martes, 12 de febrero de 2013
NUEVAS VOCES POR EL VOTO VOLUNTARIO Y LA EXPRESIÓN
SOBERANA
domingo, 15 de julio de 2012
LAS INMINENTES ELECCIONES EN EL ECUADOR
El Estado amo que obliga a sus súbditos a votar y persigue a quienes no lo hacen, como en entradas anteriores de este mismo blog se analiza, así como las contradiciones y ambigüedades del voto supuestamente libre, soberano y voluntario que resulta obligatorio para algunos y voluntario para otros, se proclaman altivamente y con la fuerza expresiva que caracteriza los artículos de Ivan Carvajal.
La magnífica novela de José Saramago, "Ensayo sobre la lucidez" habla también de esas situaciones. En este blog se destacan algunos de los pasajes de la novela, los más críticos y decidores de la política y de las elecciones en todas partes.
Les invito cordialmente a leer el artículo de Iván Carvajal, que se encuentra en el siguiente enlace:
EPN, AMLO, RC, ETC.
jueves, 22 de diciembre de 2011
Voto voluntario: beneficioso para la democracia
Diario La Tercera. Chile
Voto voluntario: beneficioso para la democracia
La reforma aprobada incorpora a más jóvenes a los procesos electorales y obligará a que los partidos políticos transmitan mejor sus propuestas.
22/12/2011 - 04:00
PRACTICAMENTE siete años tardó en ver la luz la ley que consagra la inscripción automática y el voto voluntario, una reforma que supone la transformación electoral más relevante de las últimas dos décadas. De acuerdo con la nueva norma -la cual tuvo su origen en una moción parlamentaria que data de 2004-, todos los chilenos mayores de 17 años quedarán automáticamente inscritos en el registro electoral y habilitados para sufragar (una vez cumplida la mayoría de edad), lo cual elevará el actual padrón electoral a unos 12 millones de votantes, desde los casi ocho millones que hoy están inscritos.
La nueva masa de electores obligará a los partidos políticos a reformular su anquilosada estrategia electoral, puesto que deberán desplegar esfuerzos mucho más activos para capturar las preferencias y motivar la participación electoral de personas de distintos segmentos etarios. Lo esperable es que las propuestas programáticas, como también las campañas electorales, deban ser más claras y motivadoras, porque ahora uno de los factores que deberán considerar los distintos sectores es que el apoyo que obtengan dependerá no sólo de la preferencia, sino también de la disposición de los electores a ir a votar.
No deja de sorprender, sin embargo, que el entusiasmo inicial que despertó la voluntariedad del voto, consagrada constitucionalmente en 2009, con el tiempo perdiera ímpetu y surgieran resistencias durante la tramitación de la ley orgánica respectiva, al punto que algunos sectores políticos -en particular ligados a la DC- impulsaran en el Congreso indicaciones de última hora para incentivar la concurrencia a votar, como días libres o preferencia para las becas estatales. De haber prosperado estas indicaciones, ciertamente se habría vulnerado el espíritu de esta reforma, esto es, que el voto sea fruto de la convicción de los ciudadanos y no producto de una obligación. Algunas voces han alertado que al desaparecer la obligatoriedad del voto, tenderán a sufragar mayoritariamente sectores con más acceso a educación o bien aquellos con marcadas preferencias políticas. Si bien algunos de estos riesgos pueden ser atendibles, el que las fuerzas políticas ahora deban hacer un mayor esfuerzo para convencer a un mayor número de electores debería reducirlos.
Por último, la implementación de esta reforma debe darse de manera cuidadosa, con el propósito de mantener el principal activo del sistema que será reemplazado: su confiabilidad. Corresponde a las autoridades electorales velar porque el nuevo sistema dé garantías a todos en este aspecto esencial.
martes, 11 de enero de 2011
CONSULTA POPULAR POR EL VOTO VOLUNTARIO
sábado, 18 de diciembre de 2010
La Asamblea Nacional considerando:
- Que el Artículo 66, numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador establece como Derechos de libertad: El derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones;
- Que la libertad de opinión consiste en poder darla libremente, libertad que se viola flagrantemente al obligar a las personas a expresarla en las elecciones en cualquier sentido, inclusive si se manifiesta con el voto en blanco o nulo, esa libertad incluye por tanto, el derecho a no dar ninguna opinión en ningún sentido;
- Que por su propia naturaleza, el derecho al sufragio no puede ser obligatorio, incluye por tanto ese derecho, la libertad de ejercerlo o no;
- Que la igualdad ante la ley es un derecho consagrado y trata de evitar discriminaciones y diferencias entre los ciudadanos;
- Que con el voto obligatorio y voluntario, al mismo tiempo, se establecen desigualdades y discriminaciones ante la ley;
- Que en la Constitución vigente el voto es obligatorio para:
1. Personas mayores de dieciocho años
- Que en la Constitución vigente el voto es voluntario para:
1. Personas entre dieciséis y dieciocho años de edad
2. Ecuatorianos que habitan en el exterior
3. Los integrantes de las Fuerzas Armadas
4. Los integrantes de la Policía Nacional;
- Que en la Constitución vigente tienen derecho al voto sin determinar si es “facultativo” u obligatorio:
1. Las personas privadas de su libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada
2. Personas extranjeras residentes en el Ecuador, siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años;
- Que el artículo 442 de la Constitución establece que las reformas parciales que no supongan una restricción en los derechos y garantías, se harán a solicitud de la ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de ciudadanos inscritos en el Registro Electoral o mediante resolución aprobada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional; y,
- Que de acuerdo al artículo 443 de la Constitución. La Corte Constitucional deberá calificar cual es el procedimiento para esta reforma.
Se propone:
Sustituir el Artículo 62 de la Constitución de la República del Ecuador, por el siguiente:
Artículo 62.- Las personas en goce de derechos políticos, que consten en el padrón electoral general, tienen derecho al voto voluntario, universal, igual, secreto, directo y escrutado públicamente, y son las siguientes:
1. Ecuatorianos mayores de dieciséis años, habiten o no en el territorio del Ecuador;
2. Integrantes de las Fuerzas Armadas;
3. Integrantes de la Policía Nacional;
4. Personas privadas de su libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada; y,
5. Personas extranjeras residentes en el Ecuador, siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años
domingo, 17 de octubre de 2010
JOSE SARAMAGO Y EL VOTO
….la conocida rutina de los electores que nunca creen en la utilidad del voto e insisten contumazmente en su ausencia, la de los otros que prefieren aprovechar el buen tiempo para pasar el día en la playa o en el campo con la familia, o la de aquellos que, sin ningún motivo, salvo la invencible pereza, se quedan en casa. …
….No le parece que un acto tan importante como el de votar debería merecerle a todo elector con sentido de responsabilidad una expresión grave, seria, concentrada, o considera que la democracia da ganas de reír, O tal vez piense que da ganas de llorar, Que le parece, de reír o de llorar,…..
Discurso de reprensión a quienes masivamente votaron en blanco:
…..Lo que no podréis decir nunca es que la culpa la tienen estos a quienes la voluntad popular, libremente expresada en sucesivas, pacíficas y leales disputas democráticas, confió los destinos de la nación para que la defendiéramos de todos los peligros internos y externos. Vosotros, si, sois los culpables, vosotros, si, sois los que ignominiosamente habéis desertado del concierto nacional para seguir el camino torcido de la subversión , de la indisciplina, del más perverso y diabólico desafío al poder legítimo del estado del que hay memoria en toda la historia de las naciones…..
….Es regla invariable del poder que resulta mejor cortar las cabezas antes de que comiencen a pensar, ya que después puede ser demasiado tarde….
…Usted sabe mejor que nadie que ningún ministro del interior, en ninguna época y en ningún país del mundo, abriría jamás la boca para hablar de las miserias, de las vergüenzas, de las traiciones y de los crímenes de su oficio,….
El Ministro del Interior al calificar el voto en blanco masivo:
….una acción subversiva que ha alcanzado de lleno el órgano más sensible del sistema, el de la representación ciudadana,….
… . Sintió la nostalgia de la capital, del tiempo feliz en que los votos eran obedientes al mando, del monótono pasar de las horas y de los días entre la pequeñoburguesa residencia de los jefes de gobierno y el parlamento de la nación, de las agitadas y a veces joviales y divertidas crisis políticas que eran como hogueras de duración prevista e intensidad vigilada, casi siempre fingiendo que, y con las que se aprendía tanto a decir la verdad como a hacerla coincidir, punto por punto, si era útil, con la mentira, de la misma manera que el revés, con toda naturalidad, es el otro lado del derecho. …
Comisario, Inspector y Agente de Segunda Clase, buscan culpables del voto en blanco masivo:
..Los dos primeros observan a las personas que circulan por la calle, ninguna inocente, todas culpables de algo, y se preguntan si aquel viejo de aspecto venerable, por ejemplo, no será el gran maestre de las últimas tinieblas, si aquella chica abrazada al novio no encarnará la imperecedera serpiente del mal, si aquel hombre que avanza cabizbajo no estará dirigiéndose al antro desconocido donde se subliman los filtros que envenenan el espíritu de la ciudad. …
..se reforma la ley electoral, se acaba con los votos en blanco o bien se distribuyen equitativamente entre todos los partidos como votos expresos, de manera que el porcentaje no sufra alteración, el porcentaje, señora, es lo que cuenta, en cuanto a los electores que se abstuvieron y no presentaron certificado médico una buena idea sería publicar sus nombres en los periódicos de la misma manera que en la antigüedad los criminales eran exhibidos en la plaza pública, atados a la picota….
…Solo un cerebro diabólico, como el que tuvieron en el pasado los mayores criminales de la humanidad, podría haber concebido lo que, según fuente fidedigna, mereció de su excelencia el señor presidente de la república el expresivo calificativo de torpedo disparado bajo la línea de flotación contra la majestuosa nave de la democracia…
José Saramago
Azinhaga 1922 - Lanzarote 2010
Premio Nobel de Literatura 1998
martes, 27 de octubre de 2009
PERSECUCION A LOS QUE NO VOTAN
Lo realmente curioso es que quienes se presentaron en alguna mesa por diversos motivos, el más frecuente la movilidad que es una característica de la sociedad ecuatoriana y mundial actual, no estaban en su lugar de residencia habitual y por tanto no constaban en la localidad en que se encuentran al momento de la votación.
No están en su lugar de residencia, por motivos de trabajo, salud, calamidades domésticas o cualquier otro, pero cumplieron con acercarse a una mesa a obtener su papeleta de presentación.
Resulta una persecución intolerable que se sancione por no votar.
Como hemos reiterado en este blog el voto es un derecho y los derechos nunca son obligatorios, se debe tener la libertad de ejercerlos o no.
Con estas sanciones se ratifica el estado patrón que obliga a sus súbditos a votar y a los que no cumplen esa obligación mal habida, los sanciona con multas que ahora se anuncian serán el doble para los reincidentes, y para los que no lo hagan en las próximas elecciones. Los tribunales a los cuales pagamos grandes sueldos los ecuatorianos, ahora nos sancionan por ejercer el derecho de opinión libremente, el no expresar ninguna opinión es también un derecho y por no ejercer el derecho a votar.
Basta ya del voto obligatorio, basta ya del estado patrón, de la persecución a quien por motivos perfectamente comprensibles no votaron. Es necesaria una reforma constitucional para alcanzar la libertad de votar o no, de ejercer o no el derecho, libertad de conciencia y de opinión ahora conculcadas.
sábado, 30 de agosto de 2008
EL DERECHO
En el Artículo 61 se establece, en el numeral 1, que los ecuatorianos tenemos derecho a elegir y ser elegidos
LA CONTRADICCION: EL DERECHO ES OBLIGATORIO
En el Artículo 62 se ratifica ese derecho al voto,
“Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:”
La contradicción es flagrante, pues se habla de un derecho al voto universal, igual y a renglón seguido se establece su obligatoriedad:
1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada."
El voto obligatorio se pretende imponer nuevamente, a pesar de que el 93,7% de los ecuatorianos se ha manifestado en contra. La redacción, además, no es clara pues no se sabe, con este criterio absurdo de que los derechos son obligatorios, si el derecho al voto de los privados de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada es facultativo u obligatorio.
EL DISCRIMEN Y DESIGUALDAD ANTE LA LEY
En el numeral 2 del Artículo 62 y en el Artículo 63 se establece el discrimen y la desigualdad ante la ley pues se determina que el voto es facultativo para las siguientes personas:
· personas entre dieciséis y dieciocho años de edad
· las mayores de sesenta y cinco años
· las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior
· los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
· las personas con discapacidad
· Las personas extranjeras residentes en el Ecuador tienen derecho al voto siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años.
¿Porque se hace esta discriminación y se pretende olvidar el principio de igualdad ante la ley?
¿Acaso algún partido político pretende manipular en los colegios el voto de los jóvenes entre dieciséis y dieciocho años?
¿Porque se concede privilegios a ciertas personas y se sanciona a otras por tomarse la libertad de no ejercer un derecho?
A nuestro juicio se mantiene la confusión con los extranjeros residentes y con las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, pues se habla de que tienen derecho al voto pero no se aclara si ese derecho es obligatorio, como para todos los ecuatorianos mayores de dieciocho años.
domingo, 18 de mayo de 2008
A pesar del tiempo transcurrido y del proceso de aprobación, sin tomar en cuenta la opinión de la mayoría del pueblo ecuatoriano (el 93,7% se manifestó en contra del voto obligatorio), en los artículos de los principios fundamentales aprobados hay todavía lo siguiente:
CONTRADICCION
Flagrante entre la declaración de la progresividad de los derechos, en donde se habla de “Los derechos de las personas, los pueblos y la naturaleza, para su aplicación e interpretación, deben ser desarrollados progresivamente a fin de extender su ámbito de protección”
De que manera puede entenderse que en los derechos políticos se hable del derecho “a elegir y ser elegido”, para luego establecer que es obligatorio, un derecho jamás es una obligación, tampoco es un deber y aunque sea irrenunciable no puede nadie ser obligado a ejercer un derecho.
DESORDEN
El texto aprobado tiene un galimatías de orden pues habla en primer lugar del derecho universal al voto, aclara que es obligatorio para los mayores de 18 años que sepan leer y escribir.
Luego haba del voto facultativo para los analfabetos, mayores de 65, las personas con discapacidad y los adolescentes entre 16 y 18 años.
Luego otra vez se refiere al voto obligatorio de los emigrantes empadronados, a continuación a las personas privadas de su libertad sin sentencia, dice que ejercerán su derecho al sufragio, obligatoriamente o voluntariamente?
Luego repite el derecho a los jóvenes de 16 a 18 años, y quita el derecho a los militares y policías en servicio activo, para finalmente conceder el voto facultativo a los extranjeros residentes.
En resumen una confusión, con repeticiones, si es un capitulo que habla de los derechos debería tener un orden como el siguiente:
Discriminar a quienes tienen ese derecho de quienes no lo tienen
Discriminar para quienes es obligatorio y para quienes no
ERROR
Dice: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los tengan dieciocho años y que sepan leer y escribir;
Debe decir: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los que tengan dieciocho años y sepan leer y escribir;
La obligatoriedad de votar, es la negación parcial de un derecho, el derecho a la libertad de opinión y expresión, es confundir un derecho, el derecho al voto, con una obligación o con un deber, el VOTO VOLUNTARIO es sin duda más democrático que el voto obligatorio.
La Naturaleza Progresiva de los Derechos debe aplicarse también al derecho al voto, y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce esta aptitud de los derechos a multiplicarse y la capacidad de aumentar su esfera de acción. También se considera que estos derechos, como el de la libertad de opinión y de expresión, son inherentes a la persona por el simple hecho de serlo, la circunstancia de figurar en una ley hoy vigente no impide de ninguna manera que se reconozcan en el futuro.
Si está de por medio una Asamblea Nacional Constituyente, que va a sentar las bases para el desarrollo democrático del Ecuador de los próximos decenios, el incluir el voto voluntario es un paso adelante, significa progresar en los derechos.
sábado, 16 de febrero de 2008
domingo, 13 de enero de 2008
Ante las invitaciones públicas hechas oficial y personalmente por los asambleístas, en el sentido de que TODOS SOMOS ASAMBLEISTAS, me permito adjuntarles la propuesta que hemos venido trabajando desde hace algún tiempo atrás.
VOTO VOLUNTARIO
Considerando la progresividad de los derechos y una vez que todos los ciudadanos; indígenas, mujeres, analfabetos, discapacitados y residentes en el exterior tienen derecho a voto, debe evitarse la contradicción flagrante entre el derecho y la obligatoriedad del voto. Si consultamos al pueblo ecuatoriano, y es factible hacerlo a través de encuestas con empresas serias, no tengo ninguna duda que la inmensa mayoría de los ecuatorianos apoyaría el voto voluntario, como ya se demostró en el Sistema de Concertación Ciudadana, El Gobierno me escucha del año 2005.
Los documentos adjuntos contienen una serie de ideas y reflexiones que espero contribuyan a la discusión profunda, seria y con visión de futuro de tan importante tema.
sábado, 3 de noviembre de 2007
La obligatoriedad de votar, es la negación parcial de un derecho, el derecho a la libertad de opinión y expresión, al voto libre sin obligación.
La Naturaleza Progresiva de los Derechos debe aplicarse también al derecho al voto, y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce esta aptitud de los derechos a multiplicarse y la capacidad de aumentar su esfera de acción. También se considera que estos derechos, como el de la libertad de opinión y de expresión, son inherentes a la persona por el simple hecho de serlo, la circunstancia de figurar en una ley hoy vigente no impide de ninguna manera que se reconozcan en el futuro.
Si está de por medio una Asamblea Nacional Constituyente de plenos poderes, que va a sentar las bases para el desarrollo democrático del Ecuador de los próximos decenios, el incluir el voto voluntario es un paso adelante, significa progresar en los derechos.
miércoles, 26 de septiembre de 2007
La Comisiòn del CONESUP, encargada de redactar la propuesta de la Nueva Constituciòn, se quedò en el pasado, perdiò su oportunidad de remozar el sistema eleccionario en el Ecuador, de purificarlo, de liberarlo de las empresas y maquinarias electoreras, para que surjan los nuevos partidos polìticos serios, comprometidos con la ciudadanìa, sin ofertas demagògicas y sin dàdivas.
Esta Comisiòn debiò tener en cuenta la opiniòn mayoritaria ya manifestada por la ciudadanìa, como puede verse en este mismo blog, e introducir el VOTO VOLUNTARIO, liberando a la Constituciòn de la contradicciòn que tiene al confundir derechos con obligaciones. El voto obligatorio menoscaba la libertad de las personas obligàndolas a votar, mantiene el sistema de maquinarias y empresas electoreras, que utilizan a la ciudadanìa en estos procesos que no son totalmente libres.
Tenemos aùn la esperanza de que los partidos y movimientos polìticos nuevos, con espìritu renovador, introduzcan el VOTO VOLUNTARIO en las discusiones de la Asamblea, y que por parte del Partido de Gobierno se cumpla lo manifestado por su principal candidato Eco. Alberto Acosta (Ver entrada del 05.09.2007).
domingo, 23 de septiembre de 2007
MOVIMIENTO FUERZA ECUADOR APOYA VOTO VOLUNTARIO
El Movimiento Fuerza Ecuador tambièn està a favor del VOTO VOLUNTARIO, màs democràtico, màs libre, son ya varios los movimientos y partidos polìticos, especialmente los nuevos, que apoyan este cambio constitucional, que debe tratarse de manera seria en la pròxima Asamblea Nacional Constituyente, pues existen datos como los que incluìmos a continuaciòn que demuestran que una gran mayorìa del pueblo ecuatoriano quiere el voto voluntario, y muy pocos el voto obligatorio. Asì se demostrò en el Sistema de Concertaciòn Ciudadana. "El Gobierno Me Escucha", del CONAM en el año 2005.

jueves, 13 de septiembre de 2007
CONTRA LAS MAQUINARIAS ELECTORALES
Cèsar Montufar en un debate celebrado el 11.09.2007, en el Programa Contacto Directo de Ecuavisa, se refiriò a este tema defendiendo el VOTO VOLUNTARIO, como alternativa a estas maquinarias y como medio de lograr nuevos partidos polìticos, serios, indispensables para la administraciòn del estado.
miércoles, 5 de septiembre de 2007
EL VOTO VOLUNTARIO O AVANCES EN LA LIBERTAD Y EN LA RESPONSABILIDAD
...Mas trascendente es la participaciòn... ...Que todos asumamos el papel de Asambleistas... ...que es un proceso de reconfiguraciòn de lo que puede ser el progresismo en el Ecuador......No hay dogmatismos y por tanto, no debiera haber espacio para el autoritarismo......democracia sin fìn...
Alberto Acosta. Vanguardia Nº. 91. 25.06.2007
lunes, 14 de mayo de 2007
MANDATO CIUDADANO. ASAMBLEA DE PICHINCHA
CONESUP
sábado, 12 de mayo de 2007
EL VOTO VOLUNTARIO, UN DERECHO POLITICO
Estas libertades consagradas desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en las Constituciones del Ecuador deben incluir al voto que es una opinión y una forma de expresión del pensamiento, en este caso político, y engloba el entendimiento de que la libertad también consiste en no dar una opinión, en no expresar un pensamiento, que es muy diferente al acto de votar en blanco o de anular el voto.
No debemos confundir el derecho que tienen todos los ciudadanos como mandantes a elegir a sus mandatarios, derecho que gracias a las luchas ciudadanas se ha conquistado a lo largo de la historia; los indígenas, las mujeres, los analfabetos, los discapacitados, los residentes en el extranjero, etc. todos tenemos ahora ese derecho, que seguramente como algunos sostienen es irrenunciable, pero no puede confundirse un derecho, con la obligación que se establece de votar.
Que gran ocasión tenemos los ecuatorianos en la próxima Asamblea Nacional Constituyente de instaurar en el Ecuador el voto voluntario, porque sin duda sería una conquista más de las libertades que el pueblo ecuatoriano reclama, de acuerdo con las opiniones manifestadas de forma mayoritaria en la consulta del CONAM del año 2005.
Está claro que el voto voluntario no quita a nadie el derecho a votar, muy por el contrario, lo purifica, lo ensalza, lo engrandece, lo depura, pues al acudir a votar, la elección por una tesis, un candidato o una lista, se convierte en un acto libérrimo de expresión y participación política y deja de ser una carga obligatoria.
Que diferente es ver como, cuando hay cierta esperanza, una nueva forma de hacer política, un candidato o un tema que se intuye nuevo, de cambio, cuando los asuntos que se juegan tienen importancia, disminuye el ausentismo electoral y la gente acude a votar, esta sería una nueva forma de medir el interés y el verdadero respaldo popular, no aquel que se obtiene por el voto obligatorio.
En muchos de los análisis que se hacen sobre la corrupción, se señala que el gasto electoral y sus orígenes son una de sus principales causas, los candidatos se ven obligados a recibir contribuciones para las millonarias campañas, que luego de una u otra forma habrán de pagar. Y si quieren ser reelegidos saben que deben contar con descomunales sumas de dinero para financiar sus campañas de reelección o de elección a cargos de mayor rango, con lo cual en el ejercicio del poder de rango menor, deben acumular capitales que en la mayoría de los casos provienen de los fondos públicos.
Por otro lado los candidatos incurren en gastos, prestamos, créditos tributarios y demás triquiñuelas financieras para solventar los enormes egresos que significan sus campañas electorales, que luego tendrán también que de una u otra forma cobrárselo, no será desde luego con los sueldos que el estado paga a sus funcionarios, que con excepciones son sueldos que no les alcanzan para vivir bien.
Debemos meditar sobre la dependencia que el Ecuador tiene del estado y de los políticos, en los países desarrollados esa dependencia es mínima, es la empresa, la iniciativa y la inversión privadas las que mueven la economía, las finanzas, el empleo, etc., el estado es únicamente regulador y arbitro en situaciones de conflicto, y planifica el desarrollo, la economía no depende del estado en tanta proporción como en los países subdesarrollados, sería muy saludable en nuestro país mirar con más detenimiento y dedicación a la producción, la competitividad y la eficiencia en todos los campos.
viernes, 23 de marzo de 2007
sábado, 17 de marzo de 2007
"Por otra parte, en otra dirección, debe señalarse que el aumento de la participación electoral asociado al voto obligatorio puede atribuirse más a un rasgo de la cultura política que a la obligación misma, teniendo en cuenta que las sanciones para su incumplimiento son, en la mayoría de los casos, inaplicables. O son bajas, tanto en su expresión de sanción privativa de libertad o de tipo pecuniario, o se aplican por mecanismos judiciales sobrecargados para tal tramitación, considerando las dificultades de cantidad de infractores y de imposibilidad de citar a un gran número de ellos."