sábado, 30 de agosto de 2008

EL PROYECTO DE CONSTITUCION, RESPECTO DEL VOTO, CONFUNDE DERECHOS CON OBLIGACIONES Y CREA DESIGUALDADES ANTE LA LEY Y ODIOSAS DISCRIMINACIONES

EL DERECHO

En el Artículo 61 se establece, en el numeral 1, que los ecuatorianos tenemos derecho a elegir y ser elegidos

LA CONTRADICCION: EL DERECHO ES OBLIGATORIO

En el Artículo 62 se ratifica ese derecho al voto,

“Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:”
La contradicción es flagrante, pues se habla de un derecho al voto universal, igual y a renglón seguido se establece su obligatoriedad:

1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada."

El voto obligatorio se pretende imponer nuevamente, a pesar de que el 93,7% de los ecuatorianos se ha manifestado en contra. La redacción, además, no es clara pues no se sabe, con este criterio absurdo de que los derechos son obligatorios, si el derecho al voto de los privados de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada es facultativo u obligatorio.

EL DISCRIMEN Y DESIGUALDAD ANTE LA LEY

En el numeral 2 del Artículo 62 y en el Artículo 63 se establece el discrimen y la desigualdad ante la ley pues se determina que el voto es facultativo para las siguientes personas:

· personas entre dieciséis y dieciocho años de edad
· las mayores de sesenta y cinco años
· las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior
· los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
· las personas con discapacidad
· Las personas extranjeras residentes en el Ecuador tienen derecho al voto siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años.

¿Porque se hace esta discriminación y se pretende olvidar el principio de igualdad ante la ley?

¿Acaso algún partido político pretende manipular en los colegios el voto de los jóvenes entre dieciséis y dieciocho años?

¿Porque se concede privilegios a ciertas personas y se sanciona a otras por tomarse la libertad de no ejercer un derecho?

A nuestro juicio se mantiene la confusión con los extranjeros residentes y con las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, pues se habla de que tienen derecho al voto pero no se aclara si ese derecho es obligatorio, como para todos los ecuatorianos mayores de dieciocho años.