domingo, 18 de mayo de 2008

CONTRADICCION, DESORDEN Y ERROR EN LOS TEXTOS DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE

A pesar del tiempo transcurrido y del proceso de aprobación, sin tomar en cuenta la opinión de la mayoría del pueblo ecuatoriano (el 93,7% se manifestó en contra del voto obligatorio), en los artículos de los principios fundamentales aprobados hay todavía lo siguiente:

CONTRADICCION

Flagrante entre la declaración de la progresividad de los derechos, en donde se habla de “Los derechos de las personas, los pueblos y la naturaleza, para su aplicación e interpretación, deben ser desarrollados progresivamente a fin de extender su ámbito de protección”

De que manera puede entenderse que en los derechos políticos se hable del derecho “a elegir y ser elegido”, para luego establecer que es obligatorio, un derecho jamás es una obligación, tampoco es un deber y aunque sea irrenunciable no puede nadie ser obligado a ejercer un derecho.

DESORDEN

El texto aprobado tiene un galimatías de orden pues habla en primer lugar del derecho universal al voto, aclara que es obligatorio para los mayores de 18 años que sepan leer y escribir.

Luego haba del voto facultativo para los analfabetos, mayores de 65, las personas con discapacidad y los adolescentes entre 16 y 18 años.

Luego otra vez se refiere al voto obligatorio de los emigrantes empadronados, a continuación a las personas privadas de su libertad sin sentencia, dice que ejercerán su derecho al sufragio, obligatoriamente o voluntariamente?

Luego repite el derecho a los jóvenes de 16 a 18 años, y quita el derecho a los militares y policías en servicio activo, para finalmente conceder el voto facultativo a los extranjeros residentes.

En resumen una confusión, con repeticiones, si es un capitulo que habla de los derechos debería tener un orden como el siguiente:

Discriminar a quienes tienen ese derecho de quienes no lo tienen
Discriminar para quienes es obligatorio y para quienes no

ERROR

Dice: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los tengan dieciocho años y que sepan leer y escribir;

Debe decir: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los que tengan dieciocho años y sepan leer y escribir;
SIENDO EL VOTO OBLIGATORIO EL GERMEN DE LA PARTIDOCRACIA, DE LA CORRUPCION POLITICA, DE LOS OPORTUNISMOS, CAUDILLISMOS Y POPULISMOS DE TODA LAYA, DEBERIAMOS “ENTERRAR” TAMBIEN AL VOTO OBLIGATORIO.

La obligatoriedad de votar, es la negación parcial de un derecho, el derecho a la libertad de opinión y expresión, es confundir un derecho, el derecho al voto, con una obligación o con un deber, el VOTO VOLUNTARIO es sin duda más democrático que el voto obligatorio.

La Naturaleza Progresiva de los Derechos debe aplicarse también al derecho al voto, y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce esta aptitud de los derechos a multiplicarse y la capacidad de aumentar su esfera de acción. También se considera que estos derechos, como el de la libertad de opinión y de expresión, son inherentes a la persona por el simple hecho de serlo, la circunstancia de figurar en una ley hoy vigente no impide de ninguna manera que se reconozcan en el futuro.

Si está de por medio una Asamblea Nacional Constituyente, que va a sentar las bases para el desarrollo democrático del Ecuador de los próximos decenios, el incluir el voto voluntario es un paso adelante, significa progresar en los derechos.