Este Blog pretende discutir y difundir el voto voluntario en el Ecuador, considerando al voto como un derecho, no como una obligaciòn.
sábado, 30 de agosto de 2008
EL DERECHO
En el Artículo 61 se establece, en el numeral 1, que los ecuatorianos tenemos derecho a elegir y ser elegidos
LA CONTRADICCION: EL DERECHO ES OBLIGATORIO
En el Artículo 62 se ratifica ese derecho al voto,
“Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:”
La contradicción es flagrante, pues se habla de un derecho al voto universal, igual y a renglón seguido se establece su obligatoriedad:
1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada."
El voto obligatorio se pretende imponer nuevamente, a pesar de que el 93,7% de los ecuatorianos se ha manifestado en contra. La redacción, además, no es clara pues no se sabe, con este criterio absurdo de que los derechos son obligatorios, si el derecho al voto de los privados de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada es facultativo u obligatorio.
EL DISCRIMEN Y DESIGUALDAD ANTE LA LEY
En el numeral 2 del Artículo 62 y en el Artículo 63 se establece el discrimen y la desigualdad ante la ley pues se determina que el voto es facultativo para las siguientes personas:
· personas entre dieciséis y dieciocho años de edad
· las mayores de sesenta y cinco años
· las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior
· los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
· las personas con discapacidad
· Las personas extranjeras residentes en el Ecuador tienen derecho al voto siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años.
¿Porque se hace esta discriminación y se pretende olvidar el principio de igualdad ante la ley?
¿Acaso algún partido político pretende manipular en los colegios el voto de los jóvenes entre dieciséis y dieciocho años?
¿Porque se concede privilegios a ciertas personas y se sanciona a otras por tomarse la libertad de no ejercer un derecho?
A nuestro juicio se mantiene la confusión con los extranjeros residentes y con las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, pues se habla de que tienen derecho al voto pero no se aclara si ese derecho es obligatorio, como para todos los ecuatorianos mayores de dieciocho años.
domingo, 18 de mayo de 2008
A pesar del tiempo transcurrido y del proceso de aprobación, sin tomar en cuenta la opinión de la mayoría del pueblo ecuatoriano (el 93,7% se manifestó en contra del voto obligatorio), en los artículos de los principios fundamentales aprobados hay todavía lo siguiente:
CONTRADICCION
Flagrante entre la declaración de la progresividad de los derechos, en donde se habla de “Los derechos de las personas, los pueblos y la naturaleza, para su aplicación e interpretación, deben ser desarrollados progresivamente a fin de extender su ámbito de protección”
De que manera puede entenderse que en los derechos políticos se hable del derecho “a elegir y ser elegido”, para luego establecer que es obligatorio, un derecho jamás es una obligación, tampoco es un deber y aunque sea irrenunciable no puede nadie ser obligado a ejercer un derecho.
DESORDEN
El texto aprobado tiene un galimatías de orden pues habla en primer lugar del derecho universal al voto, aclara que es obligatorio para los mayores de 18 años que sepan leer y escribir.
Luego haba del voto facultativo para los analfabetos, mayores de 65, las personas con discapacidad y los adolescentes entre 16 y 18 años.
Luego otra vez se refiere al voto obligatorio de los emigrantes empadronados, a continuación a las personas privadas de su libertad sin sentencia, dice que ejercerán su derecho al sufragio, obligatoriamente o voluntariamente?
Luego repite el derecho a los jóvenes de 16 a 18 años, y quita el derecho a los militares y policías en servicio activo, para finalmente conceder el voto facultativo a los extranjeros residentes.
En resumen una confusión, con repeticiones, si es un capitulo que habla de los derechos debería tener un orden como el siguiente:
Discriminar a quienes tienen ese derecho de quienes no lo tienen
Discriminar para quienes es obligatorio y para quienes no
ERROR
Dice: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los tengan dieciocho años y que sepan leer y escribir;
Debe decir: El voto popular será universal, igual, directo, secreto, escrutado públicamente y obligatorio para los que tengan dieciocho años y sepan leer y escribir;
La obligatoriedad de votar, es la negación parcial de un derecho, el derecho a la libertad de opinión y expresión, es confundir un derecho, el derecho al voto, con una obligación o con un deber, el VOTO VOLUNTARIO es sin duda más democrático que el voto obligatorio.
La Naturaleza Progresiva de los Derechos debe aplicarse también al derecho al voto, y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce esta aptitud de los derechos a multiplicarse y la capacidad de aumentar su esfera de acción. También se considera que estos derechos, como el de la libertad de opinión y de expresión, son inherentes a la persona por el simple hecho de serlo, la circunstancia de figurar en una ley hoy vigente no impide de ninguna manera que se reconozcan en el futuro.
Si está de por medio una Asamblea Nacional Constituyente, que va a sentar las bases para el desarrollo democrático del Ecuador de los próximos decenios, el incluir el voto voluntario es un paso adelante, significa progresar en los derechos.
sábado, 16 de febrero de 2008
domingo, 13 de enero de 2008
Ante las invitaciones públicas hechas oficial y personalmente por los asambleístas, en el sentido de que TODOS SOMOS ASAMBLEISTAS, me permito adjuntarles la propuesta que hemos venido trabajando desde hace algún tiempo atrás.
VOTO VOLUNTARIO
Considerando la progresividad de los derechos y una vez que todos los ciudadanos; indígenas, mujeres, analfabetos, discapacitados y residentes en el exterior tienen derecho a voto, debe evitarse la contradicción flagrante entre el derecho y la obligatoriedad del voto. Si consultamos al pueblo ecuatoriano, y es factible hacerlo a través de encuestas con empresas serias, no tengo ninguna duda que la inmensa mayoría de los ecuatorianos apoyaría el voto voluntario, como ya se demostró en el Sistema de Concertación Ciudadana, El Gobierno me escucha del año 2005.
Los documentos adjuntos contienen una serie de ideas y reflexiones que espero contribuyan a la discusión profunda, seria y con visión de futuro de tan importante tema.